La solicitud de asignación de derechos de emisión, deberá adecuarse a lo establecido por la Ley 1/2005 y al Real Decreto 1370/2006, y deberá incluir correctamente toda aquella información necesaria para que el Estado, competente en la materia, pueda determinar de forma ágil y rigurosa las asignaciones. Dicha documentación se presentará en papel en la Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental. Preferiblemente se grabarán en un CD las versiones electrónicas del formulario y los cuestionarios (ficheros Excel) y se adjuntará a la solicitud. La solicitud de asignación se compondrá de los siguientes elementos:
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Acreditación de ser titular de la instalación.
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Acreditación de disponer de autorización de emisión de gases de efecto invernadero.
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Modelo de cuestionario individual, incluyendo datos relevantes de la instalación, conforme al modelo de cuestionario que corresponda según el tipo de actividad desarrollado en la instalación (dos copias en formato papel y dos en formato CD): Enlace
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Memoria técnica descriptiva de la instalación (dos copias en formato papel y dos en formato CD) en la que se aclare cualquier extremo del apartado 3 del artículo 19 de la Ley1/2005, de 9 de marzo, que no haya quedado suficientemente justificado en los formularios.
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En el supuesto de instalaciones con la consideración de nuevos entrantes indicará la fecha probable de puesta en funcionamiento y presentarán declaración jurada de que en el momento de solicitar la asignación la instalación cuenta con todos los permisos y licencias administrativos exigidos por la normativa aplicable estatal, autonómica y local, adjuntando copia compulsada de los correspondientes permisos y licencias.
Al determinar los datos de emisiones que se requieren en los cuestionarios anteriores se utilizarán metodologías e hipótesis coherentes con las establecidas en la autorización de emisiones de gases de efecto invernadero en vigor y las directrices establecidas en la Decisión de la Comisión 2007/589/CE, de 18 de julio de 2007.
Procedimiento de trabajo
1. SOLICITUD. Presentación de la solicitud, por parte del titular, ante la dirección General de Energías Limpias y Cambio Climático, acompañada de la documentación citada previamente: (Artículo 19 de la Ley 1/2005)
Deberá presentarse:
- 12 meses antes del inicio de cada periodo de vigencia de cada Plan Nacional de Asignación.
- En el caso de nuevos entrantes, solicitarán la asignación de derechos de emisión una vez que dispongan de autorización de emisión de gases de efecto invernadero.
2. RECEPCIÓN Y REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Si no está completa se le pedirá al interesado que subsane las deficiencias en un plazo de 10 días (Art. 71, Ley 30/92, de 26 de noviembre).
Si está completa se pasa al siguiente paso.
3. ENVÍO AL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Plazo máximo de diez días desde la recepción de las mismas (Artículo 19 de la Ley 1/2005)
Asignación individual a cada instalación:
- El Consejo de Ministros, en su reunión del 2 de noviembre de 2007, acordó aprobar la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.
- El Consejo de Ministros, en su reunión del 20 de marzo de 2009, acordó aprobar la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el primer conjunto de nuevos entrantes del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.
- El Consejo de Ministros, en su reunión del 20 de marzo de 2009, acordó aprobar la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el segundo conjunto de nuevos entrantes del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.